jueves, 23 de agosto de 2018

Detenido un hombre por matar a su esposa en Cabana de Bergantiños

Detenido un hombre por matar a su esposa en Cabana de Bergantiños. Le disparó por la espalda en una casa de la parroquia de Canduas.
https://ift.tt/2Lmg0b8
Le disparó por la espalda en una casa de la parroquia de Canduas
from Centro de la Mujer de Argamasilla de Alba

lunes, 20 de agosto de 2018

Los hijos de la mujer asesinada en Coruña intentaron detener a su padre

Los hijos de la mujer asesinada en Coruña intentaron detener a su padre
https://ift.tt/2PpTPo3
Un hombre ha sido detenido en la localidad coruñesa de Cabana de Bergantiños, acusado del asesinato de su mujer. Le ha disparado, presuntamente, dos tiros en presencia de sus hijos, quienes pidieron ayuda para intentar detener a su padre pero no lo lograron. A su madre, los equipos de emergencia i...
from Centro de la Mujer de Argamasilla de Alba

sábado, 18 de agosto de 2018

La cuarta víctima asesinada a manos de su pareja en Granada en lo que va de año

La cuarta víctima asesinada a manos de su pareja en Granada en lo que va de año
https://ift.tt/2w63mrd
Con este caso la cifra de muertes por violencia de género en España asciende ya a 25 mujeres
from Centro de la Mujer de Argamasilla de Alba

jueves, 16 de agosto de 2018

Sede Electrónica del Gobierno de Castilla-La Mancha | Sede Electrónica

AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGETICA Y SOSTENIBILIDAD DE VIVIENDAS Y EL PROGRAMA DE FOMENTO DE LA CONSERVACION, MEJORA DE LA SEGURIDAD DE UTILIZACION Y DE LA ACCESIBILIDAD EN VIVIENDAS. - Plazo de presentación de solicitudes: Del 9 Ago al 8 Oct 2018 - Objeto: Fomentar la rehabilitación de viviendas en Castilla-La Mancha mediante la subvención de actuaciones dirigidas a: a) Mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad b) La mejora de la conservación, de la seguridad de utilización y de la accesibilidad - Destinatarios: Los propietarios de viviendas unifamiliares y de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial de vivienda colectiva, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública. -Podrán ser beneficiarios, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones propietarias de los inmuebles. - Requisitos: Que las viviendas y los edificios estén finalizados antes de 1996. Que las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.Que la vivienda o edificio cuente con informe que justifique que la necesidad de la actuación.Certificado de Eficiencia Energética.(En el caso de ayudas del Programa 1) Disponer de un proyecto o memoria valorada que recoja y justifique las actuaciones a realizar. - Importe: En el programa 1 de eficiencia energética y sostenibilidad: -En unifamiliares: 12.000 Euros /viv, 18.000 Euros /viv si reside una persona con discapacidad y 24.000 Euros /viv si reside una persona con discapacidad severa. -En viviendas en edificios residencial colectivo: 8.000 Euros /viv, 12.000 Euros /viv si reside una persona con discapacidad y 16.000 Euros /viv si reside una persona con discapacidad severa. En el programa 2 de mejora de la conservación, seguridad de utilización y accesibilidad: Para actuaciones de conservación: 3.000 Euros /viv y 30 Euros /m2 de local , Para actuaciones de Seguridad de Utilización y Accesibilidad, ó conjuntamente con conservación: 8.000 Euros /viv y 80 Euros/m2 de local 14.000 Euros /viv si reside una persona con discapacidad y 17.000 Euros /viv si reside una persona con discapacidad severa. Estas cuantías podrán incrementarse en 1.000 Euros en BIC o edificio protegido o catalogado. - Criterios: Concurrencia competitiva - Documentación a aportar: Documentación que acredite la identidad del solicitante. En el caso de que existan varias personas promotoras, autorización para el ingreso de las subvenciones en una cuenta única. Certificado o volante de convivencia y/o empadronamiento colectivo que identifique a todas las personas que residen en la vivienda. En caso de que el solicitante fuese el arrendatario, autorización expresa de los propietarios para la realización de las obras. Documentación acreditativa de la pertenencia a un Colectivo preferente en su caso. Documentación que acredite la titularidad de los inmuebles y sus datos Registrales. Referencia catastral. Acreditación de la antigüedad de los inmuebles. Para las actuaciones comprendidas en el Programa 1 de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas, la acreditación de haber registrado el correspondiente certificado de eficiencia energética. En el caso de que se trate de una vivienda ubicada en edificio residencial colectivo, deberá disponer del acuerdo de la comunidad o comunidades de propietarios. En su caso, acreditación de la condición de estar declarados Bienes de Interés Cultural, catalogados, o protegidos. Documentación técnica necesaria para la ejecución de las obras, que habrá sido presentada previamente en el Ayuntamiento para solicitar la licencia de obras o autorización municipal que proceda. La licencia o autorizaciones municipales precisas para la realización de la obra, o copia de su solicitud. En su caso, Orden Municipal de Ejecución en vigor, así como convenio del propietario con la Administración. En su caso, Inf. Téc. Municipal en el que se declare que las actuaciones subvencionables se hallan incluidas en el supuesto previsto sobre obras de integración de fachadas en el entorno urbano. En su caso, Inf. Téc. sobre necesidad de subsanación de graves daños estructurales o de otro tipo que afecten a la estabilidad del edificio o deficiencias sustanciales en materia de accesibilidad. - Lugar de presentación: Por vía telemática, cumplimentando el formulario correspondiente en la sede electrónica www.jccm.es. Las personas físicas podrán presentar además la solicitud en papel en las Direcciones Provinciales de la Consejería de Fomento de la provincia donde se localice la vivienda objeto de la actuación y en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Información Adicional: Excepcionalmente en la presente convocatoria de ayudas, se admitirán solicitudes de actuaciones con una fecha de finalización anterior a la prevista en el artículo 3 de la Resolución de 01/08/2018, de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo, siempre que se hubiese solicitado ayuda en la convocatoria publicada mediante Orden de 40/2017, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, y se hubieran desestimado por falta de crédito. Con la salvedad relativa a los documentos de vigencia temporal, en el caso de que la documentación exigida en la convocatoria ya estuviera en poder del órgano convocante, el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el apartado 1 letra d) del artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siempre que se haga constar la fecha en la que fueron presentados, comunicándose expresamente este extremo y el número de expediente.
http://www.jccm.es/
from Centro de la Mujer de Argamasilla de Alba

Sede Electrónica del Gobierno de Castilla-La Mancha | Sede Electrónica

AYUDAS AL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS - Plazo de presentación de solicitudes: del 9 Ago al 8 Oct 2018 - Destinatarios/as: Personas físicas mayores de edad que sean titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda que constituya el domicilio habitual y permanente de la unidad de convivencia, cuya renta no supere la cuantía total de 500 euros mensuales. Las asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones que sean titulares de un contrato de arrendamiento, cuya renta no supere la cuantía de 600 euros mensuales, que destinen la vivienda a alojar a personas con especiales necesidades. - Requisitos: a) Ser titular, en calidad de arrendatario, de un contrato de arrendamiento de vivienda sobre un inmueble ubicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. b) Que la vivienda arrendada, constituya la residencia habitual y permanente del arrendatario. c) Que la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia sean superiores a 0.5 veces IPREM. d) Que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de vivienda, incluida los gastos de comunidad, no supere la cuantía total de 500 euros mensuales en el programa de jóvenes y en el programa general. En el programa de ayuda a asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones, la renta no puede superar los 600 euros mensuales. e) Tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Importe: Siempre que la renta del alquiler no supere los 500 euros, las ayudas tendrán una cuantía del 40% en el programa general, que podrá llegar hasta el 50% de la renta mensual en el caso de que los solicitantes tengan 65 años, siendo del 50% de la renta en todo caso en el programa de jóvenes. Tendrá una cuantía del 50% de la renta mensual en el programa de ayuda para asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones, siempre que dicha renta no supere los 600 euros. - Criterios: Concurrencia competitiva para grupo general y jóven, valorándose ingresos de solicitantes y con límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia (LIUC) además de lo previsto en cada programa. - Documentación a aportar: a) Solicitud de ayuda firmada, según el modelo establecido en la convocatoria, con indicación expresa de las declaraciones de no incurrir en prohibiciones establecidas en la Ley General de Subvenciones. b) Copia del contrato escrito de arrendamiento de vivienda, en el que conste el NIF del arrendatario, la referencia catastral de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento (en el caso de que no existiera la referencia catastral de la vivienda arrendada, el solicitante deberá aportar al expediente certificado emitido por la Gerencia Territorial del Catastro o la referencia catastral del suelo o de la finca en que se halla la vivienda, siempre que, a juicio de los Servicios Periféricos de la Consejería competente en materia de vivienda que correspondan, dichos documentos, complementados, en su caso, con otra información adicional, permitan verificar la identificación de la vivienda), número de cuenta bancaria del arrendador. c) Volante o certificado de empadronamiento (vigente) de la unidad de convivencia en el que aparezcan todas las personas que habitan en la vivienda. d) Resguardo justificativo de estar al corriente de pago de la renta del alquiler (copia de la última transferencia, del recibo domiciliado pagado o del ingreso en cuenta) e) En caso de formar parte de alguno de los colectivos de atención preferente justificación de pertenencia al mismo. f) Justificación de que se es titular de la cuenta bancaria donde se abonará la ayuda. Si existen varios firmantes del contrato como inquilinos, todos ellos deberán ser titulares de la cuenta bancaria en la que solicitan que se les sea abonada la ayuda. g)En el caso de ser extranjero no comunitario, se adjuntará en todo caso el permiso de residencia vigente. h) Acreditación de la representación del solicitante, (Anexo IV)cuando se formule la solicitud por persona distinta de los posibles beneficiarios. Adjuntar los anexos aprobados por la convocatoria que fueran necesarios según el caso concreto. - Lugar de presentación: La solicitud y documentación requerida sólo podrá presentarse por medios electrónicos, bien mediante envío telemático de datos a través del formulario incluido en la sede electrónica (www.jccm.es) o bien mediante el procesamiento de la solicitud por parte de las Direcciones Provinciales de la Consejería de Fomento o entidades colaboradoras mediante la concertación de cita previa en https://ift.tt/2BdMHb3 o en los telefonos de las Direcciones Provinciales de Fomento.
http://www.jccm.es/
from Centro de la Mujer de Argamasilla de Alba

martes, 14 de agosto de 2018

Un detenido en Granada acusado de matar a puñaladas a su pareja de 21 años

Un detenido en Granada acusado de matar a puñaladas a su pareja de 21 años
https://ift.tt/2Blggb1
from Centro de la Mujer de Argamasilla de Alba

jueves, 9 de agosto de 2018

Detenido un hombre por la muerte de su mujer en el distrito de Sants-Montjuïc

Detenido un hombre por la muerte de su mujer en el distrito de Sants-Montjuïc
from Centro de la Mujer de Argamasilla de Alba https://ift.tt/2KxxqkI